Manifiesto / Manifestua


El cierre de la web BurlataHerria por parte de la Audiencia Nacional, y la imputación de uno de sus colaboradores por "apología del terrorismo", es sólo el último de una larga lista de ataques a la libertad de expresión... (Manifiesto completo)


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17 de mayo de 2014

ALEGACIONES DE LA CIUDADANÍA DE BURLATA A LA ORDENANZA MORDAZA

El día 16 finalizó el plazo para poder presentar las alegaciones de la ciudadanía a la Ordenanza Cívica. Fueron varias decenas de personas las que entregaron en las oficinas municipales este mismo escrito de alegaciones que solicita que se retire la citada Ordenanza y se inicie un proceso de participación ciudadana, en el que se recojan las iniciativas ciudadanas para la elaboración de una ordenanza que sea mas educativa que coercitiva más acorde con el sentir general de la ciudanía. El escrito presentado es el siguiente:
 
Que considera que una norma que regule la convivencia ciudadana debe, fundamentalmente, promover, sensibilizar y educar a la ciudadanía en el respeto tanto a las personas como a los espacios y objetos ya sean  de uso público como privado.

Que la citada ordenanza se basa únicamente en un cúmulo de prohibiciones y medidas coercitivas sobre las conductas de la ciudadanía, que lejos de crear en las personas conciencia y sentido de responsabilidad y respeto, promueve actitudes que llevan al ciudadano a actuar bajo el temor a ser sancionado pudiendo incluso coadyuvar a  sortear la norma cuando no se es observado. De esta manera, al fundamentar exclusivamente sus actuaciones en la imposición de la norma por parte de la autoridad, carece de toda intencionalidad pedagógica o de medidas preventivas que favorezcan la educación de la ciudadanía en pro de los comportamientos cívicos y respetuosos. Además por su carácter autoritario no favorece que sirva para facilitar la convivencia entre la ciudadanía, y además entra en una clara contradicción con lo que señala el punto segundo de su artículo uno cuando dice “Fomentar la conciencia y conductas cívicas, previniendo actuaciones perturbadoras de la convivencia ciudadana”.

Que en el año 2007 el Ayuntamiento aprobó el Reglamento de Participación Ciudadana cuyo objeto era regular y fomentar  la participación de la ciudadanía en las decisiones municipales y  en cuyos objetivos  recogidos  en  artículo 2, entre otros se dice  facilitar y promover la participación de los vecinos y vecinas y entidades en la gestión municipal” y en el articulo 13 dice cualquier persona física o jurídica podrá plantear una iniciativa de colaboración”.

Que dado que esta ordenanza ha sido elaborada dede el Ayuntamiento sin contar con la participación de la ciudanía y considerando que el Ayuntamiento tiene en sus manos  la posibilidad de abir un proceso participativo tanto de asociaciones ciudadanas, sociales, culturales, de comerciantes, como de las personas en general, y que de no realizarlo supondría la pérdida de una oportunidad importante de consenso social.

Que la citada ordenanza supone una clara vulneación de derechos civiles y libertades políticas, ya que limita la libertad de expresión en las calles de Burlada por cuanto prohibe la colocación de carteles, pancartas, anuncios, folletos, octavillas, banderolas, etc. De esta manera la ordenanza restringe en gran medida el derecho a la información y de opinión que tienen las personas o los colectivos vecinales, ya que niega la posibilidad de utilizar fórmulas de comunicación democráticas que están al alcance de toda la ciudadanía, por lo que estos derechos quedan totalmente condicionados y en la práctica limitados, cuando no quebrantados.

Además la ordenanza no garantiza que los espacios que serían destinados a tal fin puedan ser suficientes como para respetar estos derechos, ni tampoco establece ningún tipo de medida para que queden garantizados entre toda la ciudadanía, sino que al acotar en unos pocos e indeterminados espacios para tal fin está interponiendo un claro obstaculo para poder acceder al derecho a ser informado que debe tener toda la ciudadanía de Burlada. Por todo ello esta normativa infringe con toda claridad lo que en su propio texto desarrolla cuando señala que Y, evidentemente, menos aun podrá contemplar transgresiones de los derechos fundamentales de la persona, consagrados en la Constitución.”

Que la presente ordenanza prohibe el juego del balón a niños mayores de 10 años y limita el uso de la bicicleta a los mayores de esa misma edad, incluso ampara la correspondiente posibilidad sancionadora a menores de edad. Ello supone una clara vulneración de la Convención de los Derechos del Niño aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, fecha que todos los años es conmemorada desde el Ayuntamiento de Burlada, por cuanto constituye el tratado internacional más importante en materia de derechos de la infancia y en el que se fundamentan todos los servicios públicos que desarrollan su labor con la infancia en nuestro municipio. Siendo el Estado español uno de sus firmantes, todas las normativas y legislaciones en él desarrolladas han de tener presente su articulado y han de garantizar que los niños y niñas sean sujetos de derecho, así como el prinicpio del interés superior de éstos y éstas. De esta manera la restricción y prohibición del juego que hace la ordenanza vulnera incuestionablemente el derecho que esta Convención recoge en su artículo 31 que señala que “el niño tiene derecho al juego, al descanso, a la diversión y a dedicarse a las actividades que le gusten más”. Por lo tanto, ante el incumplimiento de este derecho y de otros principios antes mencionados, la presente ordenanza debiera ser considerada ilegal.

Por último, la presente ordenanza está llena de arbitrariedades en cuanto no especifica como se han de medir buena parte de los actos que considera sancionables, quedando al arbitrio de la autoridad tales decisiones, y aunque recoge la opción de solicitar la sustitución total o parcial de la sanción por la realización de tareas para la comunidad no se concretan ni criterios ni tareas a aplicar por lo que nuevamente vuelven a quedar al criterio de la autoridad esas decisiones.

Por todo ello, solicito que se retire la citada Ordenanza y se inicie un proceso de participación ciudadana en el que se recojan las iniciativas ciudadanas para la elaboración de una ordenanza que sea mas educativa que coercitiva más acorde con el sentir general de la ciudanía.

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